domingo, 3 de junio de 2018

CLASE 1... INTRODUCCIÓN Y SOCIALIZAN DEL INSTRUCTIVO 2019

Participación Estudiantil

El Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural establece en su artículo 198 que, un requisito para obtener el título de bachiller es haber aprobado las actividades de participación estudiantil obligatorias.
El Ministerio de Educación expide la normativa del Programa de Participación Estudiantil, la cual es de aplicación obligatoria para todas las instituciones educativas en todas las modalidades del Sistema Nacional de Educación, mediante Acuerdo Ministerial MINEDUC-ME-2016-00040-A.


Objetivos del Programa de Participación Estudiantil 
5.1  Objetivo general
Contribuir al desarrollo de una cultura preventiva en los estudiantes de primero y segundo curso de bachillerato, mediante la aplicación de los conocimientos adquiridos en el aula en el desarrollo de emprendimientos educativos interdisciplinarios que contemplen iniciativas innovadoras, orientadas a dar soluciones a corto y mediano plazo a las distintas problemáticas que puedan presentarse en la comunidad educativa y/o ampliada.
5.2 Objetivos específicos
Fortalecer la vinculación entre los estudiantes y la comunidad mediante la implementación de emprendimientos educativos interdisciplinarios y de corresponsabilidad social.


Estudiantes del Programa de Participación Estudiantil
Son todos aquellos que se encuentran en primero y segundo curso de bachillerato de todas las instituciones educativas del país, quienes de forma obligatoria deben cumplir con el programa para la obtención del título de bachiller de acuerdo a lo establecido en los Artículos 198 y 202 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Los estudiantes son responsables de:
Asistir a la socialización de los campos de acción y convalidaciones del PPE, convocada por el coordinador institucional.
Realizar su inscripción en el PPE de acuerdo a los lineamientos emitidos por el coordinador institucional del programa.
Cumplir con los lineamientos y reglas de convivencia armónica, seguridad y disciplina dispuestas por el docente facilitador del campo de acción, que buscan garantizar la seguridad e integridad en todas las actividades programadas.
Cumplir con las 200 horas establecidas para la operatividad del PPE.
Justificar ante el docente facilitador las inasistencias a las actividades planificadas.
Llevar un registro de actividades mediante bitácoras, mismas que se presentarán al docente facilitador de manera semanal y serán evaluadas al finalizar cada año escolar.
Presentar un portafolio con las bitácoras  de las actividades realizadas durante la ejecución del PPE por cada año cursado .
Participar en la construcción e implementación del emprendimiento educativo interdisciplinario y presentarlo de forma grupal al docente facilitador.
Registrar mediante cualquier recurso audio visual, las acciones vinculadas a la implementación de los emprendimientos educativos interdisciplinarios para su posterior presentación en la casa abierta, misma que deberá desarrollarse al interior de la institución educativa en coordinación con el coordinador institucional y la autoridad institucional.

Aprobación del Programa de 
Participación Estudiantil
Para la aprobación del Programa de Participación Estudiantil la calificación mínima requerida es de siete sobre diez (7/10). Esta calificación es el promedio entre las dos notas obtenidas en el primero y segundo curso de bachillerato; así, por ejemplo: 
La calificación anual se obtendrá aplicando los siguientes parámetros de evaluación:  
Valor Criterios de evaluación cuantitativo

Bitácoras de trabajo. - Es el registro individual de las actividades que realiza el estudiante luego de cada sesión del PPE. Las bitácoras son una constancia de la 5 asistencia al PPE y de la capacidad de sistematización, pudiendo perder el programa si alcanzan el 10% de faltas injustificadas.
Desarrollo e implementación del emprendimiento educativo según el campo de acción seleccionado. - Corresponde a la presentación grupal  del emprendimiento desarrollado de forma escrita, la participación y cumplimiento de las actividades 5 planificadas y la participación en espacios abiertos para la exposición del emprendimiento.
Promedio final 10
En el caso de que los estudiantes no hayan 
aprobado el Programa de Participación Estudiantil conforme lo establecido en el presente instructivo, el coordinador institucional deberá establecer un plan de trabajo a fin de que dichos estudiantes realicen un emprendimiento  educativo, y garantizar que un docente facilitador les acompañe durante el proceso.